jueves, 10 de diciembre de 2009

Asociación en participacion


Es un contrato consensual, típico, nominado, momentáneo o de tracto sucesivo, bilateral, oneroso y aleatorio.

Este contrato tiene por un lado a una parte llamada asociado, el cual concede bienes o servicios a otra llamada asociante, el cual tiene como principal finalidad conseguir participación de las utilidades que producirá el negocio a realizar por ambas partes

En cuanto a la parte de los asociados, estos pueden ser capitalistas o industriales, los primeros se caracterizan por sus aportaciones económicas, mientras que los segundos tienen como aportaciones su trabajo, ya sea físico o intelectual

En cuanto al reparto de obligaciones que se generan por el negocio, el socio capitalista solo podrá perder las aportaciones realizadas para la consecución del negocio en cuestión, y los industriales, solo perderán el tiempo empelado para la consecución del negocio

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